El Tribunal de Grande Instance de París, en Sentencia de fecha 8 de septiembre 2010 que recién acabamos de conocer, ha condenado solidariamente a Eric Schmidt, máximo representante de Google, y a Google France al pago de 5.000 Euros por difamar a un individuo al que el servicio de sugerencias de google.fr añadía como búsquedas relacionadas los términos “condenado”, “satanista”, “violador” o “cárcel”.
Si bien es cierto que no es éste el primer supuesto de un individuo que ve perjudicada su reputación online como consecuencia de las sugerencias que el servicio “Suggest” de Google arroja tras introducir su nombre en el buscador, sí se trata de la primera resolución judicial que pone de manifiesto que las sugerencias del buscador pueden vulnerar el derecho al honor de un sujeto. Y es que la resolución, pese a afirmar que el servicio de búsquedas no es ilegal en sí mismo, condena a la compañía y a su responsable editorial a eliminar las sugerencias perjudiciales de la búsqueda, así como el pago de 5.000 euros en concepto de daños y perjuicios.
Lo curioso del asunto es que eran muchos los factores que jugaban en contra del afectado en este caso. En primer lugar, el hecho de que, según resultó acreditado en el procedimiento, el afectado había sido condenado por la justicia francesa por cargos de corrupción a un menor, es decir que la sugerencia del buscador era veraz. Por este motivo, la Sentencia confrontaría con la denominada exceptio veratitatis, institución romana incorporada a todos los ordenamientos jurídicos de corte continental que viene a significar algo así como que lo veraz no puede dañar el honor de nadie, precisamente porque queda amparado por la libertad de expresión.
En segundo término, sorprende la resolución por el hecho de que la intervención de Google en la búsqueda se circunscribe a la elaboración de un algoritmo que ofrece la búsqueda más popular basada en solicitudes anteriores de usuarios. Es decir, que el comportamiento de Google se trata de un proceso automático, basado en el historial de búsquedas de los usuarios, en el pagerank de una determinada web, y no en una decisión editorial del buscador.
Pese a todo ello, el Juzgador francés ha optado por reconocer el derecho al olvido del demandante y dejar a un lado cuestiones accesorias para centrarse principalmente en el derecho del individuo a dejar atrás su pasado. Recurrirán.